Connecting Waterpeople
ACCIONA

Se encuentra usted aquí

Gestión del ciclo integral del agua I: Organización

Sobre el blog

Arturo Albaladejo Ruiz
Doctor Ingeniero del Agua, el terreno y los materiales por la Universidad de Alicante, Ingeniero Superior Industrial por la Politécnica de Valencia y MBA por la Pontifica de Comillas, PMP con 25 años de experiencia en el Ciclo Integral del Agua
  • Gestión ciclo integral agua I: Organización

El otro día, actualizando los apuntes del curso básico para Jefes de servicio del Ciclo Integral del agua que imparto desde hace años, decidí publicar en este blog los resúmenes de los temas más destacados.

El servicio del ciclo integral del agua, como explicaba en esta entrada, se compone de los servicios de captación, desalación, potabilización, abastecimiento, distribución, saneamiento, depuración y reutilización.

Hoy empiezo con el primer tema: la organización, que se contempla desde 2 aspectos: el legal y el funcional.

Desde el punto de vista administrativo/legal, en España los municipios son los responsables últimos de facilitar las condiciones necesarias para desarrollar la vida ciudadana, porque la LBRL (Ley de Bases de Régimen Local) establece el nivel competencial de los municipios, el TRLCSP (Texto Refundido de la de Contratación del Sector Público) regula los contratos que se celebren, el RS (Reglamento de Servicio) especifica las funciones de las corporaciones locales, su intervención en la actividad privada, la asunción y ejercicio de sus servicios y el proceso de constitución de las distintas formas de gestión, y el TRLHL desarrolla las distintas alternativas de financiación de las haciendas locales.

Un lío, sobre todo porque para cada servicio concreto habrá que acudir a la normativa sectorial que establece en qué consiste el servicio público, que la LBRL tan solo enuncia y cuáles son las competencias que en cada ámbito concreto corresponden a las Administraciones locales.

No obstante, la LBRL sí que concreta que las entidades locales son las responsables de los siguientes servicios esenciales como abastecimiento y saneamiento de aguas, Recogida, tratamiento y aprovechamiento de residuos y Transporte público de viajeros, aunque no regula los contenidos ni establece una relación de mínimos exigibles para cada uno de los servicios de competencia municipal, por lo que los municipios tienen capacidad para fijar estándares propios en la prestación de sus servicios. Es decir que en España tenemos más de 8.000 formas de prestación del servicio de abastecimiento y saneamiento, tantas como municipios, pero todas públicas.

Los servicios públicos locales pueden ser gestionados de 2 maneras: individualmente por cada ayuntamiento, o de forma compartida con otros municipios, como por entidades supramunicipales (diputaciones, comarcas, áreas metropolitanas) o por sistemas de participación interadministrativa (las mancomunidades entre municipios y los consorcios con otras administraciones).

Tanto si hablamos de prestación individual como si es asociada, los servicios públicos pueden ser gestionados según 2 modelos: directo o indirecto.

La gestión directa de un servicio público local implica que es la propia entidad pública quien asume la responsabilidad, dirección, gestión y el control del servicio, prestando el servicio la propia entidad o, si se demuestra que es más sostenible y eficiente y no son municipios pequeños, a través de una organización diferenciada como los Organismo autónomos, las Sociedades mercantiles 100% municipal o las Entidades públicas empresariales. De todas formas, casi nuca la gestión directa es plena ya que trocean los servicios y los subcontratan a empresas privadas a través de contratos de prestación de servicios a corto plazo

En general, todos los servicios públicos locales, salvo aquellos que impliquen ejercicio de autoridad (policía, bomberos…), pueden llevarse a cabo mediante modelos de gestión indirecta como Concesión. Gestión interesada, Concierto y Sociedad de economía mixta. La gestión Interesada y el concierto no se suelen usar en el Servicio del Ciclo del Agua.

La concesión es el modelo de gestión indirecta de servicios públicos con mayor desarrollo ya que da la posibilidad de que un sector de la actividad sea prestado por empresas privadas que, sin embargo, no implica un cambio de titularidad ya que la corporación mantiene las potestades y responsabilidades de la actividad y, por tanto, los adjudicatarios de la concesión no la asumirán en el ejercicio de su libertad de empresa, sino como colaboradores de la Administración, sometidos a su potestad y en cumplimiento de las condiciones que determina el servicio concreto. El concesionario asume el riesgo económico de la explotación, bajo el control de la Administración concedente, percibiendo a cambio una remuneración derivada de la prestación del servicio. La adjudicación de la concesión se realiza por un determinado periodo de tiempo, que no podrá exceder los cincuenta años en los contratos que comprendan la ejecución de obras y explotación de servicio público, o los veinticinco años, en los contratos que comprendan la explotación de un servicio público (art. 278 TRLCSP). En conclusión, el servicio del Ciclo del Agua prestado por empresas privadas según el modelo indirecto de concesión, sigue siendo un servicio público donde la entidad pública mantiene la titularidad y el control de la administración realizando tareas como variar la calidad, cantidad, tiempo o lugar de las prestaciones en que el servicio consista, o también cambiar las tarifas para mantener el equilibrio económico-financiero de la concesionaria o incluso fiscalizar la gestión del concesionario y, si llegase el caso, asumir temporalmente la ejecución directa del servicio o rescatar la concesión, o suprimir el servicio, que implicaría el término de la concesión y el pago de las correspondientes indemnizaciones.

Pasando al aspecto funcional de la organización, dentro de un Servicio del Ciclo Integral del agua, nos encontramos con cuatro grandes áreas, que son Administración, Atención a los usuarios, Operación-Mantenimiento, y Planificación.

La jefatura del Servicio dispone de apoyos directos o indirectos de departamentos como el Jurídico, el de Recursos Humanos, el de Tecnologías y Comunicaciones, el de Marketing y comunicación, el de Prevención – Calidad y Medioambiente, el de Control de calidad del agua, el de automatización, el de relaciones institucionales, …

El área de Administración incluye funciones como Contabilidad de todos los aspectos económicos de ingresos y costes, Tesorería de los pagos y cobros, administración de finanzas y fiscalidad, y gestión de las compras necesarias para la actividad.

El área de Atención a los usuarios se encarga de la gestión de las lecturas de los consumos, la facturación de los recibos, el cobro de recibos y facturas y de las relaciones con los usuarios como atención de quejas, reclamaciones, altas, bajas, modificaciones de contratos...

El área de O&M se encarga de la Operación y Mantenimiento preventivo y correctivo de las infraestructuras de potabilización/desalación, las redes de abastecimiento y distribución, las redes de alcantarillado y pluviales, y las depuradoras de aguas residuales.

Finalmente, el área de Planificación se encarga de funciones como la redacción de Planes de desarrollo y proyectos, de la ejecución de acometidas, de la dirección de obras de agua y saneamiento…